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Del nombre de Ramona Llulla en bautizos mallorquines en el siglo XVIII

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Año luliano. Desde mi igorancia me pregunto qué hay ciertamente en esta conmemoración; por lo general los temas, las figuras históricas, no las vemos con objetividad sino dependiendo de las miradas - con las diversas valoraciones, prejuicios incluídos - que las dibujan (o desdibujan). Asi hay, quizas, dos vertientes o partes: la figura de Ramon Llull y las miradas que sobre él se han ejercido. En verdad, me digo, no son dos estas vertientes pues la primera, la figura en sí, queda nublada, oculta, falseada por la mirada. Y Ramon Llull es y ha sido una figura muy controvertida.

Siglo XVIII, concretamente 1763, un eclesiástico de la Catedral de Mallorca bautiza a una niña con el nombre de Ramon Llull: Ramona Llulla, pese a la disconformidad del padre de la niña. También en ese año: el párroco de Santa María se niega a bautizar a una niña con el nombre Ramon Llull. ¿Qué pasó para llegar a estas situaciones que nos pueden parecer disparatadas, ajenas por completo a la figura histórica de Ramon Llull?

Rafael Ramis Barceló, profesor en universidades (UIB - ficha - y Pompeu Fabra) ha publicado muchos artículos y publicaciones relacionados con el lulismo. Uno de ellos, publicado en Hispania Sacra en el año 2012 es La imposición del nombre de "Ramon Llull" en el bautismo: dos casos jurídicamente controvertidos en Mallorca durante el año 1763

El año 1763 representó un punto de inflexión en la pugna entre los partidarios del culto luliano y sus detractores en Mallorca. La devoción luliana constituyó uno de los pilares de la religiosidad mallorquína, que estuvo seriamente amenazada a partir de mediados del siglo XVIII, momento en el que el lulismo ya no tenía valedores ni en Roma ni en la Corte. Desde entonces hasta finales del pontificado de Juan Díaz de la Guerra (1772-1777) el lulismo fue sufriendo reveses difíciles de superar, e incluso -en lo que afectaba a la Causa luliana- algunas de las secuelas se han ido arrastrando hasta hace pocos lustros.

Este artículo pretende ilustrar ese punto de inflexión con el comentario de dos casos que manifiestan el equilibrio de fuerzas de lulistas y antilulistas. Se trata de dos situaciones que se dan casi paralelamente, y que son muestras de la indeterminación jurídica que llegó a tener la devoción luliana en el orden canónico. La primera de ellas es la queja del padre de una criatura contra un beneficiado de la Catedral de Palma que le había impuesto a su hija, entre otros nombres, el de Ramón LIull. La segunda es la queja de un padre que, ante la negativa del Párroco de la Villa de Santa María para bautizar a su hija con el nombre de Ramón LIull, debe trasladarse a la Catedral para satisfacer su pretensión.

A través de la contraposición de estos casos pueden extraerse importantes consecuencias histórico-juridicas sobre el statu quo religioso de Mallorca en aquella época, al mismo tiempo que sirve como un cuadro específico en la historia de la devoción luliana en particular, y de la suerte del lulismo en general.

En fin, incidentes que manifiestan malestares y enfrentamientos entre bandos.


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